El concejal explica que en la sección IV el Artículo 30 prohíbe la colocación de carteles, pancartas, banderolas o adhesivos en espacios y propiedades municipales o de su competencia, a excepción de aquellos en los que expresamente sean autorizados por el Concello. También vulnera la Ordenanza Municipal Reguladora de Publicidad Exterior donde no se permite la fijación de carteles o la ejecución de inscripciones directamente sobre edificios, muros u otros elementos similares, siendo precisa, en todo caso, la utilización de soportes externos que cumplan las características que se señalan en la presente ordenanza.